Donde existe una necesidad existe un derecho, debemos organizarnos en defensa de esos derechos. Pero para defenderlos hay que conocerlos y habituarnos a utilizar los mecanismos que ya están establecidos de participación popular, para ocupar esos espacios y recrearlos para hacerlos nuestros como deben ser.
INICIATIVA POPULAR
Todos los electores tenemos derecho a presentar proyectos de ordenanza. Los únicos temas que no pueden ser objeto de estos proyectos son la reforma de la Carta Orgánica y todo asunto que tenga un gasto y no prevea los recursos para afrontarlo. Una vez recibido el proyecto es presentado en la primera sesión y pasa sin más trámite a la comisión respectiva para su tratamiento. El seguimiento de esto se puede realizar a través de la página del consejo por asunto entrado en www.consejoushuaia.gov.ar . El Concejo Deliberante debe darle tratamiento dentro de los seis meses corridos contados desde el día de la presentación. Además la constitución provincial reconoce el derecho a la iniciativa popular para la presentación de proyectos de ley. El proyecto debe ser avalado por ciudadanos, no menor al diez por ciento de la cantidad de votos emitidos efectivamente en la última elección provincial. La legislatura deberá darle, a los mismos, trámite parlamentario preferencial.
TU PARTICIPACIÓN ES IMPORTANTE, NO DEJES QUE LOS DEMAS DECIDAN POR VOS.